Al presentarse un accidente de trabajo por culpa o dolo del empleador, surge de parte del causante del delito, una responsabilidad penal por las lesiones o el homicidio del trabajador. La responsabilidad penal, es asumida directamente por el causante del accidente mortal, llámese gerente, jefe inmediato, compañero de trabajo o supervisor, quienes pueden ser privados de su libertad como consecuencia de un proceso penal por homicidio.
Características
• Es asumida por el causante del hecho punible.
• En el caso de culpa o dolo en el accidente de trabajo, el empleador puede estar incurriendo en hechos punibles (delito) que se paga en casos con prisión.
• La pena establecida para este tipo de delito es: prisión, arresto o multa, retención domiciliaria, pérdida del empleo público, interdicción de derecho, entre otros.
• El hecho punible puede ser realizado por acción u omisión.
• El hecho punible puede ser realizado con dolo, culpa o preterintención.
• El proceso penal se desarrolla ante la Fiscalía y el Juez Penal correspondiente.
• Clase de delitos: homicidio culposo, doloso, preterintencional.